Nuevas normas de la DGT en octubre de 2026: así cambia la circulación en España
Rosa Beatriz Fernandez Sanchez
Octubre de 2026 llega con importantes novedades para la circulación en España. Desde el día 1 está en vigor una reforma del Reglamento General de Circulación que introduce nuevas medidas de seguridad vial para conductores, motoristas, ciclistas, peatones y usuarios de patinetes eléctricos.
La modificación, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, responde a los cambios que ha experimentado la movilidad durante los últimos años y busca mejorar la convivencia entre los diferentes vehículos que comparten las carreteras y las calles españolas.
Entre las principales novedades destacan las nuevas condiciones para adelantar a ciclistas, la regulación de los carriles de emergencia, las obligaciones para motoristas y patinetes eléctricos y determinados cambios en la circulación urbana.
Repasamos las nuevas normas de la DGT que ya se aplican en octubre de 2026 y las medidas que entrarán en vigor más adelante.
La nueva normativa de tráfico entra en vigor en octubre de 2026
El pasado 1 de octubre comenzó a aplicarse la reforma del Reglamento General de Circulación impulsada por la Dirección General de Tráfico. La actualización incorpora por primera vez una definición específica de los usuarios vulnerables de la vía, entre los que se encuentran peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal. Además, introduce un nuevo título dedicado a la circulación en zonas urbanas, con disposiciones orientadas a mejorar la seguridad en calles, intersecciones y otros espacios compartidos. La reforma no afecta exclusivamente a quienes circulan en bicicleta o patinete. Los conductores de turismos también deben tener en cuenta nuevas obligaciones, especialmente cuando adelantan, circulan cerca de otros usuarios o se encuentran con retenciones.
Nuevas normas para adelantar a ciclistas
Uno de los cambios más destacados afecta a los adelantamientos de bicicletas en carreteras interurbanas. Desde octubre, los conductores que adelanten a un ciclista deben reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite establecido en la vía y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.
Por ejemplo, en una carretera limitada a 90 km/h, el adelantamiento deberá realizarse respetando una velocidad máxima de 70 km/h, siempre que existan condiciones para completar la maniobra de forma segura.
Además, cuando la calzada disponga de más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril para efectuar el adelantamiento. Estas disposiciones buscan aumentar la distancia y reducir las diferencias de velocidad entre vehículos durante una maniobra especialmente delicada. En las ciudades también hay novedades. Los vehículos a motor deberán mantener una separación mínima de cinco metros cuando circulen detrás de una bicicleta por el mismo carril. Por su parte, los ciclistas podrán circular preferentemente por el centro del carril, mejorando su visibilidad y evitando determinadas situaciones de riesgo.
La DGT regula los carriles de emergencia en autopistas y autovías
Otra de las novedades importantes de octubre de 2026 es la regulación de los denominados carriles de emergencia. Cuando se produzcan retenciones en autopistas y autovías y los vehículos estén detenidos o circulen a paso de peatón, deberán desplazarse hacia los extremos de sus carriles para dejar libre un espacio central. El objetivo es facilitar la circulación de ambulancias, bomberos, policías y otros vehículos de emergencia cuando necesitan atravesar una carretera congestionada.
La forma de actuar dependerá del número de carriles. En una vía de dos carriles por sentido, los vehículos del carril izquierdo deberán acercarse hacia la izquierda, mientras que los del carril derecho tendrán que desplazarse hacia la derecha. En una carretera de tres carriles, quienes circulen por el izquierdo se desplazarán hacia ese lado, mientras que los vehículos de los carriles central y derecho deberán aproximarse hacia la derecha. De esta manera se crea un espacio libre entre los vehículos que permite el avance de los servicios prioritarios. La nueva regulación establece un procedimiento común para facilitar estas intervenciones en situaciones de tráfico intenso.
Cambios en la circulación cuando hay nieve
La reforma también introduce medidas específicas para circular en autopistas y autovías cuando las condiciones meteorológicas complican el tráfico. Cuando la circulación se vea dificultada por la nieve, estará prohibido adelantar y los vehículos deberán circular por el carril derecho. El carril izquierdo quedará reservado para facilitar el trabajo de los vehículos de emergencia y los equipos quitanieves. Esta medida busca mejorar la intervención de los servicios encargados de mantener las carreteras operativas durante los episodios de nieve. En estas situaciones también resulta importante adaptar la velocidad, aumentar la distancia de seguridad y mantener una conducción progresiva.
Los motoristas también tienen nuevas obligaciones
Las motocicletas y los ciclomotores son otros de los vehículos afectados por la actualización normativa. Desde octubre de 2026, los motoristas deben utilizar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas.
También se establece la obligación de llevar calzado cerrado en cualquier tipo de vía, tanto dentro como fuera de poblado. La DGT busca reforzar la protección de los conductores de motocicletas mediante elementos que pueden reducir las lesiones en caso de caída. Otra de las novedades afecta a la circulación por el arcén. La reforma contempla que las motocicletas puedan utilizar el arcén derecho en determinadas situaciones de congestión, sin superar los 30 km/h y únicamente en los tramos donde esté expresamente señalizado. Por tanto, esta posibilidad no supone una autorización general para circular por el arcén durante cualquier atasco. En cuanto a los cascos, la exigencia específica de homologación prevista en la reforma para los usuarios de ciclomotores comenzará a aplicarse el 1 de octubre de 2027.
Los patinetes eléctricos tienen nuevas reglas de circulación
Los vehículos de movilidad personal, conocidos habitualmente como VMP, también incorporan cambios importantes. Una de las novedades más destacadas es el establecimiento de una edad mínima de 15 años para conducir un patinete eléctrico. También se exige el uso de casco de protección y de chaleco reflectante durante la noche o cuando existan condiciones de escasa visibilidad. Para quienes utilicen estos vehículos como herramienta de trabajo, la normativa establece obligaciones específicas de protección, incluido el uso de elementos reflectantes durante su actividad profesional. La reforma también regula la circulación de los VMP fuera de los núcleos urbanos, permitiéndola por vías segregadas del tráfico a motor, como determinadas vías ciclistas, siempre que no exista una prohibición señalizada. Además, hay una obligación que todavía no se aplica plenamente: el alumbrado permanente de los vehículos de movilidad personal, incluso durante el día, será exigible a partir del 1 de octubre de 2027. Estas medidas responden a la creciente presencia de los patinetes eléctricos en los desplazamientos cotidianos y a la necesidad de mejorar la convivencia con el resto de usuarios.
Nuevas normas para peatones y circulación urbana
La actualización del Reglamento General de Circulación también introduce modificaciones en las calles y zonas urbanas. Una de ellas afecta a determinados pasos de peatones regulados por semáforos. Como norma general, la nueva regulación impide que coincida la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde no intermitente para los peatones. El objetivo es evitar situaciones en las que ambos usuarios reciben señales que pueden generar conflictos durante el cruce. Otra novedad está relacionada con las calles de plataforma única, donde peatones y vehículos comparten un espacio sin la separación tradicional entre calzada y acera. En estas vías se refuerza la prioridad de los peatones. La reforma también reconoce los caminos escolares seguros, entendidos como itinerarios acondicionados para facilitar que los menores puedan desplazarse a sus centros educativos caminando, en transporte público o utilizando medios de movilidad no motorizados. Estas medidas forman parte de la adaptación de las ciudades a formas de desplazamiento cada vez más variadas.
Más seguridad al pasar junto a vehículos detenidos
La reforma también contempla nuevas condiciones para quienes circulan junto a vehículos inmovilizados en la vía. Cuando un conductor rebase un vehículo detenido por una avería, accidente, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico, deberá reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la carretera. Además, tendrá que mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. Esta disposición busca proteger a las personas que puedan encontrarse cerca de un vehículo inmovilizado, especialmente en carreteras donde el tráfico circula a velocidades elevadas. La medida complementa otras obligaciones destinadas a mejorar la seguridad durante las incidencias en carretera.
Cambios en el uso del cinturón de seguridad
La nueva normativa también elimina determinadas excepciones que existían para algunos profesionales de la conducción. Entre los colectivos afectados se encuentran conductores de taxis, vehículos destinados al transporte de mercancías y automóviles utilizados para la enseñanza de la conducción. Con la reforma, estos profesionales deberán utilizar el cinturón de seguridad durante sus desplazamientos. El objetivo es reforzar una medida de protección que continúa siendo fundamental para reducir las consecuencias de los accidentes de tráfico. La normativa contempla determinadas excepciones específicas, como las relacionadas con la asistencia sanitaria urgente en ambulancias acondicionadas para ello.
Los coches actuales incorporan tecnologías que ayudan a mejorar la seguridad
Los cambios introducidos por la DGT coinciden con una etapa de importantes avances tecnológicos en el sector del automóvil. Durante los últimos años, numerosos fabricantes han incorporado sistemas de asistencia a la conducción destinados a facilitar determinadas maniobras y mejorar la seguridad.
Entre las tecnologías más habituales se encuentran:
- Frenada automática de emergencia.
- Aviso de cambio involuntario de carril.
- Detección de vehículos en el ángulo muerto.
- Control de crucero adaptativo.
- Reconocimiento de señales de tráfico.
- Sensores y cámaras de aparcamiento.
- Sistemas de asistencia al mantenimiento de carril.
Estos equipamientos pueden ayudar al conductor a identificar determinadas situaciones y reaccionar ante posibles riesgos.
Sin embargo, ninguno sustituye la atención al volante ni la obligación de respetar las normas de circulación.
Muchas de estas tecnologías también están disponibles en coches de segunda mano y seminuevos, lo que permite acceder a vehículos con sistemas modernos de asistencia sin necesidad de comprar un automóvil nuevo.
La seguridad vial continúa evolucionando en España
La entrada en vigor de las nuevas normas de la DGT en octubre de 2026 supone una actualización importante de las condiciones de circulación en España.La reforma presta especial atención a los usuarios vulnerables, pero también introduce obligaciones que afectan directamente a quienes conducen turismos, furgonetas y otros vehículos.Los adelantamientos a ciclistas, los carriles de emergencia, la circulación con nieve y las nuevas reglas urbanas son algunos de los cambios que conviene conocer.
Además, determinadas obligaciones tienen fechas de aplicación posteriores, por lo que resulta importante diferenciar entre las medidas que ya están en vigor y las que comenzarán a exigirse durante 2027.
Mantenerse informado sobre la normativa, respetar las señales y adaptar la conducción a cada situación continúa siendo fundamental para circular con seguridad.
En Crestanevada contamos con una amplia variedad de coches de segunda mano y ocasión, con modelos de diferentes marcas, motorizaciones y equipamientos. Muchos de ellos incorporan tecnologías de asistencia a la conducción que pueden hacer los desplazamientos más cómodos y seguros.
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Fuentes oficiales
Dirección General de Tráfico (DGT). Entra en vigor la reforma del Reglamento de Circulación para reforzar la protección de los usuarios vulnerables. 30 de septiembre de 2026. https://www.dgt.es/comunicacion/notas-de-prensa/20260930-reforma-del-reglamento-de-circulacion-usuarios-vulnerables/
Boletín Oficial del Estado (BOE). Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación en materia de protección a usuarios vulnerables de la vía. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-13889